Punto De Referencia

Los concursos y el mérito

Informações:

Sinopsis

Se han venido presentando y se siguen presentando muchos problemas en la práctica de los concursos que se llevan a cabo bajo la conducción de los organismos competentes para la provisión de cargos y para el ascenso, tanto en la carrera administrativa como en la judicial. Dice el artículo 125 de la Constitución que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la