Punto De Referencia

Sí es posible la protesta pacífica

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Sinopsis

Una vez más conviene recordar el texto del artículo 37 de la Constitución Política: "Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho". El 20, por su parte, garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones. Infortunadamente, el 21 de noviembre -que en el futuro se conocerá como 21 N-, tras varias horas de masiva y pacífica protesta en varias ciudades del país, hicieron su aparición los encapuchados violentos, cuyo origen no ha sido establecido, hicieron su aparición; rompieron la paz; malograron la protesta pacífica; atacaron edificios públicos; causaron daños a bienes públicos y privados, y pretendieron sin éxito que el país confundiera la protesta con la violencia y el delito. No obstante, en la noche de ese día, un improvisado pero multitudinario y pacífico "cacerolazo", en señal de descontento, irrumpió y sorprendió a todos.